Texto de la Ley 253-12, de fecha 9 de noviembre del 2012
ARTÍCULO 10. Se modifica el párrafo del Artículo 309 del Código Tributario de la República Dominicana, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera: “Párrafo. La retención dispuesta en este artículo se hará en los porcentajes de la renta bruta que a continuación se indican:
b) 10% sobre los honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por personas físicas, no ejecutados en relación de dependencia, cuya provisión requiere la intervención directa del recurso humano, con carácter de pago a cuenta.
Consulta a la DGII
Distinguido señor
En atención a su comunicación recibida en fecha 10 de
junio del 2021, mediante la cual consulta lo siguiente: cuando un ingeniero
registrado como persona física realiza trabajo de remodelación o construcción
de edificaciones y emite a la empresa contratante ( zona franca) una factura de
NCF en la cual desglosa los trabajos subcontratados, supervisión técnica,
gastos indirectos, mano de obra, compra de materiales, entre otros; por lo que solicita se le indique la retención
del Impuesto sobre la Renta que debe
aplicarle en este caso; esta Dirección General le informa que:
Siempre que se trate de servicios prestados por una
persona física, no ejecutados bajo relación de dependencia, le aplicará la
retención de un 10% correspondiente al Impuesto sobre la Renta (ISR), con
carácter de pago a cuenta, en virtud de lo establecido en el Literal b) del
Artículo 309 del Código Tributario, (modificado por el Artículo 10 de la Ley
Núm. 253-12 de fecha 09 de noviembre de 2012).