*APORTES EXTRAORDINARIOS FONDO PENSIONES*
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Los aportes especiales, adicionales o extraordinarios realizados por los empleadores para el fondo de pensiones (Seguridad Social), a favor de sus empleados constituyen renta gravada con el impuesto sobre la renta.
Fuente:
Consultas DGII
Crédito:
Ramón Matos
809-801-5838
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