Páginas

martes, 18 de julio de 2023

TET PARA LAS PERSONAS FISICAS

 TET PARA LAS PERSONAS FISICAS 

------------------------------------------------

Las personas físicas podrán evaluar 3 posibles escenarios, que entre otros aspectos, para la preparación y presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta (IR1):


Escenarios ---------------------------------

1. Unicamente la deducción de la exención contributiva anual de RD$416,220 y gastos educativos, si los hubieren.


2. Deducción de gastos justificables (con NCF y F607) inherentes a la generación del ingreso gravado y gastos educativos, si los hubieren. Sin derecho a la deduccion de la exención contributiva anual.


3. Previo el consentimiento de la DGII o en su defecto, por iniciativa propia de la persona física bajo ciertos riesgos o premisas, la aplicación de la Tasa Efectiva de Tributación (TET) de la Norma General 7-2014. Esta opción (second best choice) supone el reconocimiento indirecto de gastos estimados, pero sin la deducción de la exención contributiva anual.


Las personas físicas registradas en la DGII deberán de emitir facturas con NCF. La TET para los profesionales oscila de 12.10% a 23.50%, según el nivel de ingresos gravados.


Los 3 escenarios podrán conllevar la generación de los tres anticipos del impuesto sobre la renta.


En todos los casos, las rentas pasivas (intereses financieros, premios y dividendos) serán declaradas para fines informativos, pero posteriormente excluidas como rentas exentas por haber tributado en la fuente el impuesto del 10% en calidad de pago único y definitivo. 


En los demás casos, el impuesto sobre la renta retenido será un crédito fiscal compensable.


Crédito:

Ramón Matos 

809-801-5838

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Favor dejar su comentario